En anteriores artículos, nos hemos ocupado del panorama general estructural de la sanidad y de la economía en nuestro sistema. Hoy, vamos a abordar un tema no menos importante: la educación.
Es definida la educación por el pedagogo humanista Víctor García Hoz, en su obra fundamental Principios de Pedagogía Sistemática, como “el perfeccionamiento intencional de las potencias (o facultades) específicamente humanas”. Y este desiderátum, este fin ideal de la educación, no ha sido lamentablemente conseguido como hubiera sido necesario por la legislación de nuestro país.
Ha habido leyes y más leyes, que adolecían de varios defectos, como a continuación expondremos: la Ley Moyano de 1857 tuvo una larguísima vigencia, ¡nada menos que 113 años! En 1970 se aprueba la Ley General de Educación, con Franco, y estuvo vigente unos años en la Transición. Pero es a partir de 1980 cuando viene la serie de leyes orgánicas que estructuran nuestro sistema educativo. Así: Estatuto de Centros Escolares (1980), Ley Reguladora del Derecho a la Educación (1985), Ley de Ordenación General del Sistema Educativo (1990), LOPEG (1995), Ley de Cualificaciones y FP (2002), LOCE (2002), LOE (2006) y LOMCE (2013).
Todas ellas leyes orgánicas, de alto rango, que adolecen de dos grandes defectos: eran leyes “de partido”, sin consenso, y donde se vertían aspectos doctrinales del partido en el Gobierno, y además no venían acompañadas del correspondiente financiamiento para llevar a cabo las reformas.
Asimismo, la auténtica educación en valores y en un humanismo personalista integrador de tendencias positivas brillaba por su ausencia.
Y así nos fue. Nuestra educación fue decayendo, hasta el punto de que los últimos informes internacionales nos sitúan como uno de los países de peor calidad en educación entre las naciones más desarrolladas.
Ahora, surge una nueva sociedad, con la pandemia, y se prevé en la postpandemia. Se imponen nuevos retos, como la educación en línea compartida con la presencial, la necesidad de espacios de salud libres de virus, la formación del profesorado en tecnologías de la información y la comunicación…
Es la gran ocasión para una ley orgánica de educación que reúna, al menos, estos requisitos clave:
- gran acuerdo entre los grandes partidos constitucionalistas. El consenso.
- acompañamiento de una ley de financiación que dote de medios adecuados a la reforma.
- educación integral del alumnado en valores morales y humanos y en valores ecológicos.
Esta gran ley necesaria, postpandémica, pero que ha de empezar ya a gestarse, ha de incluir los adecuados y específicos elementos correctores y actualizadores.
Así por ejemplo, en los centros educativos se incorporaría un personal sanitario, de enfermería. Lo ideal, un enfermero o enfermera por centro, o al menos en un primer estadio, para un conjunto de centros próximos. Se combinaría la educación online o en línea con la presencial, en las proporciones precisas. Una bajada de ratios y acondicionamiento de las aulas (distanciamiento, mascarillas, espacios de seguridad…). Las medidas de desinfección, y la aplicación de PCR y los instrumentos técnicos ad hoc, son imprescindibles. Esos PCR (reacción en cadena de la Polimerasa) se han de completar con los “tests rápidos” a alumnos y profesores.
Se ha de formar al profesorado en tecnología digital y nuevas tecnologías, tanto en las facultades de Educación como en ese Plan indispensable de perfeccionamiento de los docentes de enseñanzas medias, del que luego trataremos. La tecnología digital consiste en la aplicación de métodos para desarrollar sistemas que se ven expresados en números o datos y que permiten automatizar los procesos. La educación en línea, online, es, como sabemos, aquella en que los docentes y estudiantes participan en un entorno digital a través de las nuevas tecnologías y de las redes de computadoras, haciendo un uso intensivo de las facilidades que proporcionan internet y las denominadas “tecnologías digitales”.
Tiene que conseguirse el proveer a las familias, en un gran esfuerzo económico, de los medios necesarios, para que se pueda seguir la educación en línea de sus hijos. Todo ello, sin olvidar el engarce casi absoluto linealidad-presencialidad. No hay educación completa si no actúa la enseñanza presencial.
Volviendo al tema inicial, digamos que a excepción, en cierto modo, de la Ley Moyano y sobre todo de la Ley General de Educación de 1970, los auténticos especialistas en ciencias de la Educación, es decir, los pedagogos (y los psicopedagogos) han tenido poca participación. Se les ha tenido al margen de la elaboración de estas leyes orgánicas. Han prevalecido criterios políticos y de conveniencia, sobre los criterios estrictamente técnicos. Esta es una de las causas, además de las anteriormente expuestas a lo largo de nuestro trabajo, del fracaso reformista.
Dijimos anteriormente que nos ocuparíamos de abordar la cuestión esencial de la formación del profesorado. Es necesario, en las Facultades de Educación, de formación de maestros y maestras, incorporar al máximo en el currículum de estudios materias de nuevas tecnologías y de sanidad. En cuanto a los docentes de enseñanzas medias existe hoy en día un maremagnum de acciones formativas. Se necesita un Plan Nacional de perfeccionamiento del profesorado de enseñanzas medias (institutos y centros de formación profesional) que engarce las variadas iniciativas de las que hoy se dispone: ICE (Instituto de Ciencias de la Educación), centros de profesores, escuelas de verano, iniciativas privadas de fundaciones, acciones de la inspección educativa… Se les proporcionaría una completa base de tipo didáctico, en didáctica general y didácticas especializadas según la materia, además de Teoría general de la educación. Este Plan director tendría que ser coordinado, a ser posible, por una dirección general al respecto, dentro del Ministerio de Educación.
Ahora nos hallamos ante una oportunidad única no solo de remediar los males antedichos, sino de colocarnos como país, incluso a la cabeza de las naciones que más incorporen y con acierto, las nuevas tendencias de la educación. Esa sabia combinación de las enseñanzas online y presencial, una acomodación de los centros escolares de infantil, primaria y secundaria a estos nuevos tiempos en que hemos de convivir con epidemias, pandemias o enfermedades víricas de muy variado tipo, una incorporación de los criterios de sanidad a la obra educativa y, en fin, un surgimiento de ese nuevo “humanismo tecnológico” tan necesario, serían factores para el cambio. Humanismo y valores humanos se han de dar la mano con las nuevas tecnologías. Es el signo de los tiempos y de la educación del futuro.
Todo esto ha de estar muy presente, como ya apuntábamos, en esa imprescindible Ley de educación, para los tiempos que corren. Hemos de convivir con las tecnologías, con la enfermedad y con la crisis económica, y todo ello ha de ser considerado de modo preferente y prioritario.
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